"Que las Indias Occidentales, Islas, y Tierra-Firme del Mar Oceano, descubiertas y por descubrir, con todos sus pueblos, sean de la Corona Real de Castilla y León, y no puedan se puedan enajenar, todas, ni parte de ellas, por ningún título, ni causa, perpetuamente y la enagenación que se hiciere, sea en si ninguna".
 
Real Cédula del Emperador CARLOS y la Reina JUANA, dictada en Valladolid el 9 de julio de 1520.

Las Leyes de Indias Estructura del Gobierno Colonial
 
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